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Tema destacado: Trabajando con las ramas de git (tercera parte)


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501  Seguridad Informática / Seguridad / Re: AYUDA CON VIRUS !!! en: 12 Octubre 2011, 11:28 am
Eso mas que un virus tiene aspecto de que el pendrive se ha estropeado. Hace tiempo un pendrive que tuve le paso algo similar aunque por suerte solo tenia un par de archivos. Lo curioso esque en muchos ordenadores ni se detectava. Conclusión lo tiré y compre otro.

Has provado de eliminar esos archivos? Se eliminan o no te deja?
502  Informática / Electrónica / Re: cual es la diferencia entre voltage y corriente en: 11 Octubre 2011, 23:44 pm
Bueno...la explicación de carloselectrónic es mas o menos la correcta, solo dejame corregir el tema del "watiaje" WTFFFFF??????.

En tal caso diras Watts (que sepan que wattios es incorrecto) y la unidad es el W que equivale a Joules/segundo, por eso decimos que se trata de  energia.
503  Seguridad Informática / Seguridad / Re: Tengo el rootkit zaccess.e o sirefef.f segun microsoft,ayuda en: 11 Octubre 2011, 22:41 pm
Me siento en la obligación de preguntartelo, quiza lo hayas hecho...Antes de buscar los archivos, has habilitado la opción de ver los archivos ocultos?

504  Seguridad Informática / Seguridad / Re: Como hacer más seguro Windows - cazaazor en: 11 Octubre 2011, 16:10 pm
Tema aclarado, no hace falta darle mas vueltas. Ya me han explicado todo tu historial así que si quieres llamar la atención quizá puedes llamar a un medio de comunicación para hacer mas el ridículo, pero aquí no se te permitirá trolear.

Sobre chema no es necesario que lo nombres tanto y menos que menosprecies su trabajo, ya que almenos el lo que publica lo publica de una forma decente y correcta.

Bloqueo post.
505  Seguridad Informática / Seguridad / Re: Tengo el rootkit zaccess.e o sirefef.f segun microsoft,ayuda en: 11 Octubre 2011, 12:32 pm
El tema de los rootkits siempre son un problema la verdad, porque sin una muestra y una infección real es dificil aunque sea mediante logs la detección de todo, te recomendaria utilizar GMER a ver que se encuentra pero antes, me e tomado la libertad de buscar mas info sobre este rootkit.

Generalmente y por desgracia acaban siempre existiendo variantes...prueba lo siguiente, sinó pasaremos al plan B.

Entra al administrador de tareas y busca los siguientes procesos, una vez encontrados cierralos:
Código:
PlayPickle32.exe
[Nombre_aleatorio].dll of PlayPickle32.exe [Aquí tiene la función rootkit]

Busca y elimina los siguientes archivos:

Código:
C:\WINDOWS\_VOID\
C:\WINDOWS\_VOID\_VOIDd.sys
C:\WINDOWS\system32\UAC.dll
C:\WINDOWS\system32\uacinit.dll
C:\WINDOWS\system32\UAC.db
C:\WINDOWS\system32\UAC.dat
C:\WINDOWS\system32\uactmp.db
C:\WINDOWS\system32\_VOID.dll
C:\WINDOWS\system32\_VOID.dat
C:\WINDOWS\SYSTEM32\4DW4R3c.dll
C:\WINDOWS\SYSTEM32\4DW4R3sv.dat
C:\WINDOWS\SYSTEM32\4DW4R3.dll
C:\WINDOWS\system32\drivers\_VOID.sys
C:\WINDOWS\system32\drivers\UAC.sys
C:\WINDOWS\SYSTEM32\DRIVERS\4DW4R3.sys
C:\WINDOWS\SYSTEM32\DRIVERS\4DW4R3.sys
C:\WINDOWS\Temp\_VOIDtmp
C:\WINDOWS\Temp\UAC.tmp
%Temp%\UAC.tmp
%Temp%\_VOID.tmp
C:\Documents and Settings\All Users\Application Data\_VOIDmainqt.dll

Busca y elimina las siguientes claves del registo, algúnas tienen nombre aleatorio así que antes de eliminar algo con dudas pregunta aquí.

Código:
HKEY_LOCAL_MACHINE\SYSTEM\CurrentControlSet\Services\_VOIDd.sys
HKEY_LOCAL_MACHINE\SYSTEM\CurrentControlSet\Services\_VOID[nombre_aleatorio]
HKEY_LOCAL_MACHINE\SYSTEM\CurrentControlSet\Services\UACd.sys
HKEY_LOCAL_MACHINE\SYSTEM\CurrentControlSet\Services\4DW4R3
HKLM\SYSTEM\CurrentControlSet\Services\CD_Proxy
HKLM\SYSTEM\CurrentControlSet\Services\$sys$DRMServer

Aunque no elimines los archivos, o el rootkit permaneciera sería un gran avance si todos estos ficheros exísten. Ya tendríamos por donde empezar.

Saludos desde barcelona  :xD
506  Seguridad Informática / Seguridad / Re: Como hacer más seguro Windows - cazaazor en: 11 Octubre 2011, 00:38 am
Estoy confirmando la história de primera mano, imagino que mañana sabré algo.
507  Comunicaciones / Mensajería / Re: Si quieres saber la contraseña del msn de alguien entra aquí(Lectura Obligatoria en: 10 Octubre 2011, 00:22 am
Aquí dejo la ley de delítos informáticos de colombia.

Citar
El capítulo primero adiciona el siguiente articulado (subrayado fuera del texto):


-  Artículo 269A: ACCESO ABUSIVO A UN SISTEMA INFORMÁTICO. El que, sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


- Artículo 269B: OBSTACULIZACIÓN ILEGÍTIMA DE SISTEMA INFORMÁTICO O RED DE TELECOMUNICACIÓN. El que, sin estar facultado para ello, impida u obstaculice el funcionamiento o el acceso normal a un sistema informático, a los datos informáticos allí contenidos, o a una red de telecomunicaciones, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con una pena mayor.

- Artículo 269C: INTERCEPTACIÓN DE DATOS INFORMÁTICOS. El que, sin orden judicial previa intercepte datos informáticos en su origen, destino o en el interior de un sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los trasporte incurrirá en pena de prisión de treinta y seis (36) a setenta y dos (72) meses.

- Artículo 269D: DAÑO INFORMÁTICO. El que, sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

- Artículo 269E: USO DE SOFTWARE MALICIOSO. El que, sin estar facultado para ello, produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

- Artículo 269F: VIOLACIÓN DE DATOS PERSONALES. El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


   Al respecto es importante aclarar que la Ley 1266 de 2008 definió el término dato personal como “cualquier pieza de información vinculada a una o varias personas determinadas o determinables o que puedan asociarse con una persona natural o jurídica”. Dicho artículo obliga a las empresas un especial cuidado en el manejo de los datos personales de sus empleados, toda vez que la ley obliga a quien “sustraiga” e “intercepte” dichos datos a pedir autorización al titular de los mismos.


- Artículo 269G: SUPLANTACIÓN DE SITIOS WEB PARA CAPTURAR DATOS PERSONALES. El que con objeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.

    En la misma sanción incurrirá el que modifique el sistema de resolución de nombres de dominio, de tal manera que haga entrar al usuario a una IP diferente en la creencia de que acceda a su banco o a otro sitio personal o de confianza, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.

    La pena señalada en los dos incisos anteriores se agravará de una tercera parte a la mitad, si para consumarlo el agente ha reclutado víctimas en la cadena del delito.

Es primordial mencionar que este artículo tipifica lo que comúnmente se denomina “phishing”, modalidad de estafa que usualmente utiliza como medio el correo electrónico pero que cada vez con más frecuencia utilizan otros medios de propagación como por ejemplo la mensajería instantánea o las redes sociales. Según la Unidad de Delitos Informáticos de la Policía Judicial (Dijín) con esta modalidad se robaron más de 3.500 millones de pesos de usuarios del sistema financiero en el 2006[2].

Un punto importante a considerar es que el artículo 269H agrega como circunstancias de agravación punitiva de los tipos penales descritos anteriormente el aumento de la pena de la mitad a las tres cuartas partes si la conducta se cometiere:

   1. Sobre redes o sistemas informáticos o de comunicaciones estatales u oficiales o del sector financiero, nacionales o extranjeros.
   2. Por servidor público en ejercicio de sus funciones
   3. Aprovechando la confianza depositada por el poseedor de la información o por quien tuviere un vínculo contractual con este.
   4. Revelando o dando a conocer el contenido de la información en perjuicio de otro.
   5. Obteniendo provecho para si o para un tercero.
   6. Con fines terroristas o generando riesgo para la seguridad o defensa nacional.
   7. Utilizando como instrumento a un tercero de buena fe.
   8. Si quien incurre en estas conductas es el responsable de la administración, manejo o control de dicha información, además se le impondrá hasta por tres años, la pena de inhabilitación para el ejercicio de profesión relacionada con sistemas de información procesada con equipos computacionales.


Es de anotar que estos tipos penales obligan tanto a empresas como a personas naturales a prestar especial atención al tratamiento de equipos informáticos así como al tratamiento de los datos personales más teniendo en cuenta la circunstancia de agravación del inciso 3 del artículo 269H que señala “por quien tuviere un vínculo contractual con el poseedor de la información”.


Por lo tanto, se hace necesario tener unas condiciones de contratación, tanto con empleados como con contratistas, claras y precisas para evitar incurrir en la tipificación penal.

Por su parte, el capítulo segundo establece:


- Artículo 269I: HURTO POR MEDIOS INFORMÁTICOS Y SEMEJANTES. El que, superando medidas de seguridad informáticas, realice la conducta señalada en el artículo 239[3] manipulando un sistema informático, una red de sistema electrónico, telemático u otro medio semejante, o suplantando a un usuario ante los sistemas de autenticación y de autorización establecidos, incurrirá en las penas señaladas en el artículo 240 del Código Penal[4], es decir, penas de prisión de tres (3) a ocho (8) años.


- Artículo 269J: TRANSFERENCIA NO CONSENTIDA DE ACTIVOS. El que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consiga la transferencia no consentida de cualquier activo en perjuicio de un tercero, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veinte (120) meses y en multa de 200 a 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

     La misma sanción se le impondrá a quien fabrique, introduzca, posea o facilite programa de computador destinado a la comisión del delito descrito en el inciso anterior, o de una estafa[5] .

Si la conducta descrita en los dos incisos anteriores tuviere una cuantía superior a 200 salarios mínimos legales mensuales, la sanción allí señalada se incrementará en la mitad.

Así mismo, la Ley 1273 agrega como circunstancia de mayor punibilidad en el artículo 58 del Código Penal el hecho de realizar las conductas punibles utilizando medios informáticos, electrónicos ó telemáticos.

Como se puede apreciar, la Ley 1273 es un paso importante en la lucha contra los delitos informáticos en Colombia, por lo que es necesario que se esté preparado legalmente para enfrentar los retos que plantea.

En este sentido y desde un punto de vista empresarial, la nueva ley pone de presente la necesidad para los empleadores de crear mecanismos idóneos para la protección de uno de sus activos más valiosos como lo es la información.

Las empresas deben aprovechar la expedición de esta ley para adecuar sus contratos de trabajo, establecer deberes y sanciones a los trabajadores en los reglamentos internos de trabajo, celebrar acuerdos de confidencialidad con los mismos y crear puestos de trabajo encargados de velar por la seguridad de la información.

Por otra parte, es necesario regular aspectos de las nuevas modalidades laborales tales como el teletrabajo o los trabajos desde la residencia de los trabajadores los cuales exigen un nivel más alto de supervisión al manejo de la información.

Así mismo, resulta conveniente dictar charlas y seminarios al interior de las organizaciones con el fin de que los trabajadores sean concientes del nuevo rol que les corresponde en el nuevo mundo de la informática.

Lo anterior, teniendo en cuenta los perjuicios patrimoniales a los que se pueden enfrentar los empleadores debido al uso inadecuado de la información por parte de sus trabajadores y demás contratistas.

Pero más allá de ese importante factor, con la promulgación de esta ley se obtiene una herramienta importante para denunciar los hechos delictivos a los que se pueda ver afectado, un cambio importante si se tiene en cuenta que anteriormente las empresas no denunciaban dichos hechos no sólo para evitar daños en su reputación sino por no tener herramientas especiales.

Fuente: Aquí
508  Programación / Programación General / Re: ¡¡¡SI ALGUIEN LE PUEDE ECHAR UN VISTAZO A ESTE CODIGO!!! en: 10 Octubre 2011, 00:13 am
No se que nivel de programación debes estar pero no te han enseñado programación modular? Es lo típico que se enseña en pascal y podrías haber dividido tu programa con algúnos "procedure".

Si el programa funciona pues bien...pero dentro 3 semanas no entenderas el codigo ya que no está bien ordenado, espero que el profesor que te lo corrija tenga ojo de cubero. Por otro lado ya que utilizas ficheros, podrías cargar las palabras del juego desde un archivo de txt donde puedes ponerle unas decenas de palabras y cargue una por azar, así queda mas realista.
509  Foros Generales / Noticias / Re: Carta abierta a Richard Stallman por sus desafortunadas declaraciones tras la... en: 9 Octubre 2011, 23:51 pm
Yo estuvbe hace unos años en una conferencia de Richard Stallman y me pareció una persona inteligente pero con pretensión de comer la cabeza y trató temas con una demagógia descarada. Por si alguien no lo sabe el Richi gana mucho dinero y solo en su fundación se apuesta por productos libres que ya previamente han tenído mucho exíto.

EN definitiva, que aportan dinerito de forma indirecta.

Ni unos són tan buenos, ni otros són tan malos...siempre se dice que jobs/gates robaron el trabajo a otro...que pasa? que casualmente se juntaron con un pardillo? que suerte no?. Los dos unos grandes genios, el Richi su conferencia me pareció aburrida, a decir verdad me aburrí.
510  Informática / Electrónica / Re: se podría cambiar algún componen integrado en una placa asi como la de un movil? en: 9 Octubre 2011, 02:33 am
Los integrados SMD que llevan generálmente los ponen de una forma casi imposible de sacar. Trata de colocarlos en la placa doblando sus patitas y soldando diréctamente todas ellas. Esto hace que:

1º Sacar el chip sea complicado, no es tan facil desoldar un componente con unas patitas tan pequeñas.

2º Las probabilidades de dañar tanto el componente como la placa són altas.

3º Estas placas se sueldan mediante maquinas de precisión, por razones obvias de dificultad y cuestiónes organizativas en producción. Imaginate si debe ser dificil desoldar eso sin producir ningún daño...o si luego lo quieres volver a soldar pues todavia mas follon.

NOTA: Como nota, los componentes tipo SMD se pueden soldar a mano muy fácilmente con un liquido llamado FLUX. De todas formas las placas de teléfonos se conforman en máquinas de forma automática o semi-automática.
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