Yo suprimiría los términos "en bodas", dejando el titulo así: Multan a la SGAE por el cobro abusivo ¿Y esto porqué lo digo?
He aquí la razón: tipos de negocios que deben pagar a la SGAE:
- Actos políticos.
- Aeropuertos.
- Aparcamientos de vehículos.
- Autocares.
- Bailes en bodas, bautizos y comuniones.
- Bailes en ferias y fiestas patronales.
- Bailes regionales.
- Barcos.
- Bares de copas.
- Bares musicales.
- Bingos.
- Boleras.
- Cafés.
- Cámpings.
- Campos de futbol.
- Casas rurales.
- Centralistas telefónicas con lineas de espera.
- Centros comerciales.
- Cines.
- Clínicas.
- Compañías aéreas, de autocares, ferroviárias y marítimas.
- Discotecas
- Salas de fiestas.
- Salas de flamenco.
- Salas de variedades.
- Establecimientos análogos de la naturaleza.
- Establecimientos sanitarios.
- Gimnasios y academias de baile.
- Hipermercados.
- Hogares del pensionista.
- Hospitales.
- Hostales y hoteles.
- Juguetes que lleven incorporados fragmentos musicales (2% sobre el precio de venta al detallista, con un mínimo de un 0.16€/unidad).
- Máquinas de juegos recreativas que utilicen fragmentos musicales.
- Mítines políticos.
- Pavellones polideportivos.
- Parques de atracciones.
- Parques temáticos.
- Piscinas.
- Sex-shops que tengan pasarela donde se desnuden chicas o chicos al son de la música.
Información extraída desde: http://www.rtve.es/alacarta/audios/afectos-matinales/afectos-matinales-primera-hora-27-04-12/1388300/ (cerca del minuto 5)