Un día de 2014 a una hora indeterminada sustrajiste dinero de un cajero automático.
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Hace un tiempo fui drogado con GHB ( UNA DROGA DE SUMISION MAS CONOCIDA COMO EXTASIS LIQUIDO) me llevaron a un cajero y sustraje una cantidad de dinero que entregué a una persona que ni conocía... el banco al dar la información a la policía judicial las horas de extracción no coincidían...
El verbo sustraer es poco usual para indicar que lo que se obtiene le pertenece a uno mismo. Otra vez empleas extraer. Solo por aclarar, ¿la cuenta de que le se extrajo el dinero era tuya en aquel momento?, ¿quizá alguien te entregó una tarjeta de una cuenta de la que tu sabía la clave o bien que te entregó la tarjeta te dio esa clave y tu realizaste la operación mecánica en el cajero? Podría haber sido que bajo e efecto de la droga tú no supieras exactamente de quien era la cuenta.
Después tú denunciaste los hechos, hubo una investigación policial, incluyendo una solicitud de corroboración de horarios al banco realizada -imagino que por parte de la policía- en el mismo 2014:
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Estos hechos fueron en el año 2014 ( se solicitó la información al banco poco después de un mes)...
Y por lo visto, ya en aquel tiempo el banco no corroboró la versión que dabas en cuanto a coincidencia de horas.
Mas adelante, y entiendo que tras finalizar la policía judicial su investigación y trasladar los resultados al órgano judicial correspondiente, se abrió una vista oral donde, y entiendo igualmente que en base a los hechos presentados por la policía (y me imagino que la discordancia horaria sería solamente uno de los hechos y que habría más hechos relacionados...), tanto juez como fiscal se inclinaron por la versión de que fue una falsa denuncia:
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...ya en la vista previa, ( juicio oral )tanto juez como fiscal no hablaron de supuesta denuncia, sino de falsa denuncia...
En 2021 la fiscalía se querella contra ti por falsa denuncia, se celebra el juicio, esperas una sentecia condenatoria y estás planteándote un recurso y, como parte argumental del mismo estudias la posibilidad del informe pericial sobre posible hackeo de los ordenadores del banco.
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...Hechos denunciados en 2014 (caso desestimado por falta de pruebas) en 2021 recibo una querella, en la que el fiscal decide enjuiciar me por supuesta falsa denuncia (juicio ya celebrado el día 13 septiembre 2021).
Estoy intentando saber cosas que no sé para presentar el recurso...
Estoy intentando saber cosas que no sé para presentar el recurso...
Añades que esa querella te la ha puesto la persona que tu denunciaste:
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...Respondiendo a b00t, sucedieron en 2014 y la denuncia ese mismo año, pero a finales de 2020 el que yo denuncie por estos hechos,e ha puesto una querella (juicio de esta querella, celebrado día 13 septiembre 2021)...
Según parecía de tus primeras exposiciones lo que denunciaste fueron los hechos que te ocurrieron, no a ninguna persona concreta de la que -además- en principio tú no tenías conocimiento de quien pudiera ser, e incluso pensabas que fuera una banda organizada, para que la policía intentase averiguar quien pudo haberte hecho éso.
Pero ahora, según parece, debiste de poner una denuncia contra alguna persona concreta, ahora ya hablas de solamente una, no de una banda, y además de que denunciaste a esa persona, no los hechos solamente. Para haber denunciado a esa persona forzosamente tenías que conocerla y saber sus datos, nombre, apellidos, dónde localizarla, etc. Entonces... no parece que fuera tan desconocida como indicaste anteriormente. Y por eso no comprendo, ¿cómo es que pusiste una denuncia contra una persona concreta si, según tú, no conocías a la persona a la que diste el dinero, y, además era miembro de una banda organizada?
Ahí hay algo que falla y no se comprende.
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Respecto a la pericial. Una pericial sempre debe estar relacionada con los hechos que se juzgan; no vale una "teórica" general. "En teoría"... sí que se podría hackear a un banco. Pero lo lo que el juez encargado del caso del caso valorará no es si alguien pudo haber hecho éso. Por hacerte una comparación: en un juicio por homicidio contra alguien el juez no valorará una pericial que diga que "alguien" pudo haber robado un arma similar a la del crimen de una ferretería cercana. No, lo que se valorará es si existen indicios de que tal cosa pudo pasar.
Aquí el informe pericial no debería limitarse a decir que "es posible" que "alguien" haya hackeado el sistema informático del banco para variar las horas. No. Tendría que ceñirse a los hechos concretos que se juzgan. Ese informe debería, como mínimo, indicar "cómo" pudo producirse ese hackeo: qúe puntos en la red de seguridad eran susceptibles de intromisión, qué metodos se emplearon, cómo comprobar que, efectivamente se realizaron, a qué horas...
Además hay que tener en cuenta que la pericial de una parte no vale, el ministerio fiscal puede presentar otra pericial encargada por él, y aún el juez puede encargar una prueba pericial independiente a un perito distinto a los otros dos y, a la vista de los tres informes, decidir. Sin decir que, además los peritos pueden ser citados para someterse a los interrogatorios de cada una de las partes o de propio juez.
En fin, que no creo que nadie, en su sano juicio, pensando en su prestigio profesional, peritara que sí, que "alguien pudo haber hackeado" (genéricamente y sin indicar cómo, con qué métodos, etc) el sistema informatico del banco. Sería un suicidio profesional. A no ser alguien que le dé igual y lo único que quiera es firmar un papel y cobrar (que también los hay y es legal y nadie puede después reprocharles nada, pero que no va a servir para nada).
Así que por lo que se refiere a un recurso basado en esa cuestión, creo que mejor harías en no gastar un duro en éso. También hay que ver lo que diga tu abogado que puede opinar de primera mano. También los hay que se mueven sólo por cobrar (no digo que sea el caso) y les da igual. Eso tendrás que valorarlo tú.