La primera resolución de la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual (CPI) contra un sitio web confirma las sospechas de algunos expertos contrarios a la Ley Sinde: se utiliza la normativa contra el sitio web de almacenamiento (el servicio de 'hosting') y se considera al sitio de enlaces como un mero intermediario, por lo que deberá retirar los enlaces en 72 horas desde que se le notifique la resolución y sin posibilidad de alegar.
A raíz de una solicitud presentada por AGEDI el pasado día 2 de marzo de 2012 contra el sitio web de enlaces bajui.com, la Sección Segunda"identifica" a la empresa suiza responsable del servicio de almacenamiento web uploaded.com como responsable de la vulneración de los derechos de opropiedad intelectual de la obra de Luz Casal 'Un Ramo de Rosas'. Mediante una notificación, requiere a esta compañía la retirada de esos contenidos señalados en 48 horas.
Mientras, el dueño de bajui.com ha recibido esta notificación en la que se le informa de la apertura del procedimiento contra uploaded.com, pero en la que se le presupone conocimiento efectivo (a través de un buzón electrónico en https://notificaciones.060.es) y por la que se le obliga a suprimir o inutilizar el enlace correspondiente en el plazo de 72 horas desde se notifique.
Dicha obligación, sostiene la Sección Segunda, se "extiende a otros enlaces presentes y futuros a las mismas obras objeto de este procedimiento", y así interpreta el artículo 17 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI). Es decir, en este caso bajui.com se verá obligado a vigilar cada uno de los enlaces que suministra, aunque sean subidos de forma automática o por terceros, para detectar y eliminar aquellos que apunten a la descarga de 'Un Ramo de Rosas'.
David Bravo, abogado del responsable de bajui.com, comenta que la sección Segunda "alega una doctrina del Tribunal Supremo que no existe y que obligaría a todos los sitios web a realizar un seguimiento permanente y continuo en busca de enlaces infractores, algo contra lo que sí se ha pronunciado el propio Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea", que eximen de responsabilidad a los dueños de sitios web por contenidos de terceros. "Imagina, sitios como Menéame o la Wikipedia no existirían porque se basan en las aportaciones de los propios usuarios", comenta.
Obligado sin posibilidad de alegar
En este caso el dueño del sitio web bajui.com participa en este procedimiento administrativo como mero intermediario, ya que el procedimiento se abre contra uploaded.com.
Es decir, al no ser parte en el procedimiento, bajui.com deberá limitarse a retirar los enlaces sin poder alegar nada y como prestador de servicio de intermediación, si desobedece incurriría en una infracción muy grave, con multa de 150.001 euros a 600.000 euros, en virtud del artículo 38.2.b de la LSSI.
De hecho, Bravo anuncia que pedirán, de entrada, la nulidad de la notificación que, en su opinión, "vulnera el derecho de defensa". "La Ley Sinde se hizo para ir contra los sitios web de enlaces, como nos han repetido por activa y por pasiva", recuerda el abogado. "Ahora vemos que el denunciado es una empresa suiza, pese a que el objeto era bajui.com, y no hemos tenido ni siquiera la posibilidad de presentar alegaciones en el procedimiento".
Cabe destacar que en la notificación no aparecen los nombres de los miembros de la Sección Segunda de la Comisión de la Propiedad Intelectual, tan sólo el de Teresa Lizaranzu, como presidenta de dicha comisión en lugar del secretario de Estado de Cultura.
En una nota, la Secretaría de Estado de Cultura afirma que ha la Sección Segunda de la CPI ha "iniciado procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual en Internet en ocho solicitudes" y tras desestimar 243. "El resto de solicitudes presentadas hasta hoy, hasta un total de 326, se encuentran en fase preliminar", añade.
Según dicha nota, "los solicitantes, los responsables de la página web objeto de la solicitud y los intermediarios de la sociedad de la información han recibido la correspondiente notificación". Añade además que "los responsables de los servicios de la sociedad de la información notificados tienen un plazo de 48 horas para llevar a cabo la retirada voluntaria de los contenidos señalados que pudieran resultar ilícitos (...) o, en su defecto, la presentación de alegaciones y la propuesta de pruebas que estimen oportunas".
'Fraude de ley'
El abogado y experto Carlos Sánchez Almeida considera que esta resolución es prácticamente un "fraude de ley", ya que "el Ministerio considera que el infractor es el sitio de 'hosting' y no el sitio de enlaces, al que otorga un papel de intermediario y saca del procedimiento pero obliga a eliminar enlaces".
Hace un año, el propio Almeida adelantaba la posible "trampa" que escondía el reglamento que desarrolla la Sección Segunda. Dicha trampa" consiste en considerar a los sitios web de enlaces -contra las que teóricamente iba a actuar la llamada Ley Sinde- como meros servicios de intermediación de la sociedad de la información.
Así, estos sitios web no serían parte del procedimiento administrativo, pero sí estarían obligados a la ejecución forzosa de la resolución de retirada de contenidos en cuanto ésta les sea notificada, tal y como ha sucedido con bajui.com.
De esta manera, si sitios com SeriesYonkis, Menéame o incluso Google son 'denunciados', podrían ser considerados no como servicio vulnerador de propiedad intelectual sino como un servicio de intermediación del que se valen -valga la redundancia- los vulneradores de la propiedad intelectual. Así, estos sitios deberán eliminar enlaces sin posibilidad de alegar nada ya que sólo se les notificaría la resolución en vía de ejecución forzosa. Si desobedecen y no retiran los enlaces, se exponen a una cuantiosa multa.
Por su parte, varios detractores de la Ley Sinde han puesto en marcha en Twitter la etiqueta ('hashtag') #sindefensa, para comentar la resolución en el sitio web de 'microblogging'
FUENTE :http://www.elmundo.es/elmundo/2012/06/18/navegante/1340002797.html