Era cuestión de tiempo y ha llegado. Según conocemos por Público, el Tribunal Supremo ha confirmado la primera sentencia por estafa con bitcoins en España, que fue dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en marzo de 2018. El Alto Tribunal, en su sentencia, ha rechazado el recurso de la acusación particular y del condenado, pues lo considera como un autor de un delito continuado de estafa y le impone dos años de prisión y le obliga a indemnizar a las víctimas de la estafa.
Pese a todo ello, el problema para las cinco personas que sufrieron la estafa según la sentencia, es que, "el Tribunal de instancia no puede acordar la restitución de los bitcoins, siendo lo adecuado reparar el daño e indemnizar los perjuicios en la forma que se indicó en la sentencia de instancia, esto es, retornado a los perjudicados el importe de la aportación dineraria realizada (daño)** [...]".
¿Qué significa esto? Que el acusado deberá devolver el valor de los bitcoin en el momento de la finalización de los contratos en que habían incurrido con el acusado, que llevaba la empresa de su titularidad Cloudtd Trading&DEVS LTD. Es decir, recibirán el valor de los bitcoins en 2014, pero no en bitcoins, sino que el acusado "pagará el valor en euros que tenían cuando se produjo el delito". La pérdida es enorme si tenemos en cuenta cómo ha crecido desde aquel año el valor de la criptomoneda.
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