Paso a paso la justicia establece bases de actuación dentro de la maraña de posibilidades de internet. Es el caso de la demanda presentada por la firma vasca Orona contra catalana Citylift, que denunciaba la utilización como palabra clave del nombre de competencia ("orona") en los anuncios Adwords de Google.
En una sentencia pionera en España, el magistrado desestima íntegramente dicha demanda en la que solicitaba que se declarara que la utilización de la palabra ‘orona’ dentro de la herramienta Keyword o palabra clave de búsqueda en los anuncios patrocinados de internet y en particular en Google, constituía una infracción de marca comunitaria, así como que los anuncios contratados por Citylift con Google usando como palabra clave ‘orona’ en las citadas búsquedas era igualmente constitutiva de publicidad ilícita y de competencia desleal.
SENTENCIA
El juez Rafael Fuentes Devesa del Juzgado de Marca Comunitaria número 1 de Alicante concluye que no se puede afirmar la infracción denunciada, ni tampoco cabe afirmar que el anuncio sea tan impreciso que denote vinculación entre ambas empresas, ya que un internauta normalmente informado y razonablemente atento, acostumbrado a que al teclear una palabra consistente en una marca en un motor de búsqueda aparezcan no solo esta sino varias alternativas a los productos/servicios del titular de la marca y por tanto que se trata de empresas distintas.
La sentencia establece que tampoco se puede hablar de publicidad ilícita o actos de competencia desleal.
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