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Autor Tema: Un tribunal de EEUU prohíbe la reventa de música digital  (Leído 1,282 veces)
wolfbcn
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Un tribunal de EEUU prohíbe la reventa de música digital
« en: 2 Abril 2013, 14:22 pm »

La reventa de la música digital, es decir, la actividad de sitios que se dedican a vender música 'de ocasión' mediante su descarga, viola las leyes de derechos de autor y su reproducción podría ser ilegal, según una sentencia (PDF) un tribunal federal de EEUU. Es decir, según esta sentencia, un archivo MP3 comprado legalmente no podría ser 'revendido' sin infringir la ley.
 
La decisión del juez Richard Sullivan del distrito de Nueva York, publicada el pasado viernes, resuelve de este manera una demanda del sello discográfico Capitol Records interpuesta en 2012 contra el sitio web ReDigi, que pretende ser "el mayor mercado del mundo demúsica digital de ocasión".
 
La decisión judicial, que podría tener un gran impacto en la reventa de la música digital, dice que ReDigi no vende productos usados sino que comercializa copias ilegales. Con esta decisión, el juez aclara la llamada 'doctrina de primera venta', una de las limitaciones legales que existen para el 'copyright' en EEUU y que permite -con limitaciones- la venta de productos físicos una vez adquiridos. Es decir, supone una excepción de la aplicación del 'copyright' entre el vendedor y el primer comprador.
 
Al amparo de esta doctrina han florecido negocios con un pie en el mundo físico y otro en el digital, como las tiendas de videojuegos o de discos de segunda mano.
 
Ahora, esta sentencia viene a limitar esa excepción en lo que respecta a la música digital por Internet. "Es simplemente imposible trasferir esa doctrina a Internet", afirma el juez en una decisión de 18 páginas. Dado que ReDigi hace una copia de las canciones en cuestión, el juez consideró que la empresa estaba violando los derechos de autor del demandante.
 
"Los derechos de reproducción se aplican cuando una obra es reproducida en un nuevo objeto material, y como las telecargas de música digital deben de ser reproducidas en un nuevo objeto material, el tribunal estima que la descarga de música en un disco duro es una reproducción según determina la ley de derechos de autor", dice el fallo.
 
"Capitol no aprobó la reproducción o distribución de sus grabaciones protegidas por derechos de autor en el sitio web ReDigi. Por lo tanto, si los archivos de música digital están 'reproducidos' y 'distribuidos' en el sitio web ReDigi, dentro del significado de la Copyright Act, entonces hay una violación de derechos de autor de Capitol Records".
 
Por lo tanto, las regulaciones de derechos de autor que permiten la reventa de libros usados ​​"no protegen a ReDigi con respecto a la distribución de las obras realizadas por Capitol", dice la resolución.
 
Capitol Records, filial de Universal Music Group (Vivendi), es propietaria de los derechos entre otros, de 'Come Fly With Me' de Frank Sinatra y 'Yellow Submarine' de los Beatles.
 
Según The Verge, esta se aplica únicamente a la jurisdicción de Nueva York de momento, pero podría servir de modelo para otros estados.
 
En un comunicado, ReDigi, que anuncia un recurso, muestra su "decepción" por la decisión y aclara que afecta a la versión 1.0 del servicio "que ha sido reemplazado por ReDigi 2.0". Ésta última versión incorporará dos patentes -pedientes de aprobación- llamadas "Direct to Cloud Technology" y "Atomic Transfer Technology", las cuales "el tribunal declaró que no se verán afectadas por su reciente fallo".
 
"El caso tiene amplio alcance y tiene serias implicaciones que afectan al modo en que nosotros, como sociedad, utilizaremos los bienes digitales", añade el comunicado. "La sentencia es sorprendente a la luz de la decisión de la Corte Suprema en el caso Kirtsaeng v Wiley & Sons, que reafirmó la importancia y 'aplicabilidad' de la 'doctrina de la primera venta' en Estados Unidos", así como recuerda que "El Tribunal Europeo de Justicia ha subrayado la importancia de la 'primera venta' o el 'agotamiento de derechos de autor' y la aplicación directa de esta doctrina a las transacciones digitales".

FUENTE :http://www.elmundo.es/elmundo/2013/04/02/navegante/1364882898.html


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