Tras ser aprobada por el Congreso de los Diputados, el pasado 21 de noviembre fue en el Senado donde se superó el trámite para que la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) pudiera ser plasmada en el Boletín Oficial del Estado, algo que ocurrió en el día de ayer. La votación en la cámara alta se saldó con 220 votos a favor y 21 en contra, e hizo saltar todas las alarmas de los expertos en Derecho Digital.
Con esta nueva actualización de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) se inicia uno de los momentos más oscuros en lo que respecta a privacidad de los usuarios de Internet y redes sociales, ya que en su artículo 58 bis se recoge la posibilidad de que los partidos envíen SPAM electoral. Para ello, se autoriza a los partidos a crear bases de datos ideológicas en función de las opiniones vertidas por los usuarios en las distintas plataformas.
Pero, ¿de qué información hablamos y qué pueden hacer exactamente con ella los partidos?
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