UNIR, a través de una masterclass impartida por Pablo García Mexía, letrado de Cortes y profesor de Derecho en Internet de la Universidad Internacional de la Rioja (UNIR), planteaba el derecho a ser olvidados en Google, a raíz de una demanda presentada ante la Agencia Española de Protección de Datos. En el ecosistema online -un sector que mueve 16.000 millones de euros y tiene capacidad para almacenar 2,5 quintillones de bytes- la eficienciade los motores de búsqueda y la digitalización de incuantificables millones de datos, bajo la eclosión del fenómeno conocido como Big Data,han sido determinantes en la reclamación del derecho al olvido digital. Este derecho no es nuevo, pero ha adquirido un matiz sustancialmente distinto, según señala García Mexía, con motivo de las recientes demandas.
La Agencia Española de Protección de Datos se enfrenta a Google
En marzo de 2010, un ciudadano solicitó ante La Agencia Española de Protección de Datos (AEDP) que se retirara la información de varias páginas web en las que se hacía referencia al embargo y, posterior subasta, de un inmueble por las deudas acumuladas. El particular alegó haber subsanado dichas deudas, y consideró perjudicial para su reputación que, al teclear su nombre en el buscador, continuaran apareciendo estos datos. La Agencia Española solicitó a Google que retirase la información, a lo que la compañía se negó y demandó a la Agencia ante la Audiencia Nacional. El enfrentamiento entre estas dos entidades continuó, y la Audiencia Nacional española elevó el caso hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La reclamación del ciudadano - junto a más de 170 expedientes de la AEDP que Google se negó a 'olvidar' - se eleva entonces hasta Bruselas al Tribunal de Justicia comunitario, competente sobre la interpretación de la normativa 95/46/CE sobre tratamiento de datos personales.
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