La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impone dos multas a Telefónica por un valor de 250.000 euros cada una. Unas multas que están tipificadas en la Ley General de Telecomunicaciones como "muy graves"
El organismo regulador sanciona a la compañía por no haberle notificado en "tiempo y forma" sus ofertas de Movistar ADSL y Movistar TV Familiar sobre ADSL, que, sin embargo, sí estuvieron disponibles en su página web para la contratación por parte de sus clientes durante el periodo en el que la CNMC llevó a cabo su investigación en 2013.
Al ser un operador con poder significativo en el mercado de la banda ancha, Telefónica tiene la obligación de comunicar a la CNMC los precios y condiciones aplicables a este tipo de servicios con un mínimo de un mes de antelación a su aplicación o comercialización.
Por su parte, la CNMC puede controlar las tarifas, ofertas, descuentos o promociones de la compañía y garantizar que los operadores alternativos puedan competir en igualdad de condiciones sin que se produzcan situaciones contrarias a la normativa sectorial.
Impedir el acceso a SMS premium
Por otra parte, el organismo regulador impone a Telefónica Móviles una sanción de 250.000 euros por impedir el acceso a once números de 'SMS Premium' (servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes) gestionados por la operadora NVIA. El incumplimiento de la medida cautelar adoptada por la CNMC se considera una infracción "muy grave".
En el marco de un conflicto entre las dos operadoras, la CNMC obligó a Telefónica a través una medida cautelar a mantener el servicio de acceso de la numeración SMS Premium desde la plataforma de NVIA hasta la resolución del conflicto. Esta medida cautelar exigía la reapertura de 26 números, de los que Telefónica únicamente abrió 15.
http://www.elmundo.es/economia/2014/02/10/52f8ac1222601dfe408b456f.html