Con permiso, quisiera añadir una noticia relacionada con tecnología que, bueno, creo que le puede interesar a gran parte de los usuarios del foro.
FUENTE; https://www.elnacional.cat/es/politica/gobierno-intervenir-whatsapp-mensajes-masivos_540660_102.html
Noticia; El Gobierno podrá intervenir Whatsapp para enviar mensajes masivos
El Gobierno podrá intervenir servicios como Whatsapp y Telegram para difundir mensajes entre la población en el caso de situaciones excepcionales. Lo podrá hacer en el marco del anteproyecto de la Ley de telecomunicaciones.
Este anteproyecto, tal como avanza el digital Vozpopuli, también dará permiso al ejecutivo de Sánchez para intervenir las redes de los operadores. "Esta facultad excepcional y transitoria de gestión directa o intervención podrá afectar a cualquier infraestructura, recurso asociado o elemento o nivel de la red o del servicio que resulte necesario para preservar o restablecer el orden público, a la seguridad pública o la seguridad nacional", apunta el texto del anteproyecto.
Paco Pérez Bes, socio de Derecho Digital de Ecix Group, ha explicado al citado medio que el ejecutivo prevé una intervención puntual para difundir "mensajes y alertas oportunas durante una situación excepcional". Pérez considera que "la solución es aparentemente positiva y eficaz, siempre que esté amparada por una norma, y se haga de manera excepcional y durante un tiempo concreto, aplicando todas las cautelas para que no se vean afectados derechos de terceros.
Un escenario que genera controversia
Sin embargo, Pérez Bes lamenta que el escenario puede generar controversia: "¿Qué es una situación excepcional y dónde acaba aquello transitorio?", se pregunta.
Este anteproyecto contempla otros aspectos como por ejemplo que las OTT (plataformas que pueden transmitir audio, vídeo y contenidos a través de internet sin la implicación de los operadores tradicionales en el control) abonen una tasa si superan el millón de euros de ingresos por servicios sin numeración propios de los operadores. Es decir, aquellos que sin ser operadores tradicionales permitan, entre otras cosas, hacer llamadas, videollamadas o enviar mensajes y facturen más de un millón de euros.
Este nuevo abono afectará a WhatsApp, Facebook, a Twitter o Instagram si facturan más de un millón de euros por estos tipos de servicio.
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Dicho sea de paso, añadir que esta noticia tambien ha aparecido en otros medios que quisiera añadir para contrastar informacion;
FUENTE; https://www.larazon.es/economia/20200923/iz2nnvzpsvbqpluxaxcg6fgp4q.html
El Gobierno se prepara para los escenarios más preocupantes y ultima una ley para controlar no solo las calles sino también las comunicaciones ante problemas de orden público. Así, el Estado podrá asumir la gestión directa o intervenir las redes y servicios de comunicaciones electrónicas con carácter excepcional y transitorio si hay riesgo para el orden público, la seguridad pública o a la seguridad nacional. De esta forma, podrá intervenir servicios de mensajería como WhatsApp o Telegram para difundir mensajes en situaciones de emergencia.
El anteproyecto de la nueva Ley general de Telecomunicaciones, que estará en audiencia pública hasta el 13 de octubre y que constituye una de las principales medidas de la Agenda España Digital 2025 presentada por el Ejecutivo el pasado mes de julio, contempla este escenario para los proveedores de servicios de comunicaciones interpersonales cuando tengan asignada la obligación de transmitir alertas públicas en caso de grandes catástrofes o emergencias inminentes o en curso.
El Gobierno ha explicado que para estos casos excepcionales se podrá asumir la gestión directa o la intervención de cualquier infraestructura, recurso o elemento de la red o del servicio que resulte necesario para preservar el orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional. En el caso de incumplimiento de estas obligaciones de servicio público, el Gobierno podrá acordar que la Administración General del Estado asuma la gestión directa o intervenga los correspondientes servicios o la explotación de las redes. Todo ello, igualmente con carácter excepcional y transitorio, según se recalca en el anteproyecto.
Control de la CNMC
Para ello será necesario previamente un informe preceptivo de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC). Estas decisiones las podrá adoptar el Gobierno por propia iniciativa o a instancia de una administración pública competente. En este último caso, será preciso que la administración pública tenga competencias en materia de seguridad o para la prestación de los servicios públicos afectados por el “anormal” funcionamiento del servicio o de la red de comunicaciones electrónicas.
Por su parte, las redes, servicios, instalaciones y equipos de telecomunicaciones que desarrollen actividades esenciales para la defensa nacional se reservan al Estado y se rigen por su normativa específica. De hecho, los ministerios de Defensa y de Asuntos Económicos y Transformación Digital coordinarán la planificación del sistema de telecomunicaciones de las Fuerzas Armadas, a fin de asegurar su compatibilidad con los servicios civiles.
Por lo que respecta al uso de las telecomunicaciones, en los ámbitos del orden público, la seguridad pública, la seguridad vial o la protección civil, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital cooperará con el de Interior y con los órganos responsables de las comunidades autónomas con competencias en la materia. El anteproyecto también regula el servicio de comunicaciones de emergencias sobre el que se apoya el número 112. Así, se contempla la posibilidad de usar los datos de localización del que realiza la llamada, así como la posibilidad de implementar un sistema de alertas públicas.
Además de regular el sector de las telecomunicaciones, uno de los objetivos de esta ley es el de trasponer la directiva de la UE del Código de las Comunicaciones Electrónicas, para lo que había de plazo hasta este 31 de diciembre. El Gobierno prevé que este anteproyecto pueda entrar en el parlamento a comienzos de 2021 y que la ley esté aprobada a finales del segundo trimestre de 2021 o a principios del tercero.
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Por ultimo, y, con permiso, quisiera añadir una ultima noticia del 2019 que esta relacionada con este tema;
FUENTE;: https://www.eldiario.es/tecnologia/gobierno-intervenir-servicios-digitales-amenazan_1_1270723.html
NOTICIA; El Gobierno podrá intervenir servicios digitales si amenazan al orden público
El Ejecutivo podrá intervenir redes y servicios de comunicación electrónica si afectan al orden público, la seguridad pública o la seguridad nacional
El Decreto-ley fue aprobado en Consejo de Ministros el pasado viernes y modifica la Ley de Seguridad Ciudadana (ley mordaza) y la Ley General de Telecomunicaciones. Pedro Sánchez lo justificó en la necesidad de parar la "República Digital Catalana"
También permite al Ministerio de Economía cerrar webs si considera que crean "graves problemas económicos u operativos a otros proveedores o usuarios de redes"
El Gobierno, con carácter excepcional y transitorio, podrá acordar la asunción por la Administración General del Estado de la gestión directa o intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales. Estos escenarios son: que puedan afectar al orden público, la seguridad pública, la seguridad nacional o creen graves perjuicios económicos.
"En concreto, esta facultad excepcional y transitoria de gestión directa o intervención podrá afectar a cualquier infraestructura, recurso asociado o elemento o nivel de la red o del servicio que resulte necesario para preservar o restablecer el orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional". Así lo señala el texto del Real Decreto-ley 14/2019 de 31 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones, y que este martes aparece publicado en el BOE.
El decreto, que fue aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros, fue justificado por Pedro Sánchez como necesario para parar el desarrollo de la "República Digital Catalana". El texto definitivo no cita ese concepto ni los disturbios de Barcelona pero hace referencia a "los recientes y graves acontecimientos acaecidos en parte del territorio español", que considera que "han puesto de relieve la necesidad de modificar el marco legislativo vigente para hacer frente a la situación", argumenta el Gobierno en las disposiciones generales. Este Real Decreto-ley modifica varias leyes, entre ellas la General de Telecomunicaciones de 2014.
En esa ley ya se hablaba de la posibilidad de que el Ejecutivo, también con carácter excepcional y transitorio, pudiera acordar la asunción por parte de la Administración de la gestión directa de determinados servicios o de la explotación de ciertas redes de comunicaciones electrónicas para garantizar la seguridad pública y la defensa nacional.
Ahora se añade una nueva redacción del apartado y se habla de gestión directa o de intervención en los supuestos que puedan afectar al orden público, la seguridad pública y nacional.
Esta decisión se podrá adoptar por propia iniciativa del Gobierno o a instancias de una administración pública competente; en este último caso será preciso que esta administración, por ejemplo, tenga competencias en materia de seguridad.
También permite al Ministerio de Economía cerrar páginas web y servicios digitales si considera que considere que crean "graves problemas económicos u operativos a otros proveedores o usuarios de redes o servicios de comunicaciones electrónicas o demás usuarios del espectro radioeléctrico".
En cuanto el proceso sancionador, el Real Decreto-ley da una nueva redacción a uno de sus apartados: "Previamente al inicio del procedimiento sancionador, podrá ordenarse por el órgano competente del Ministerio de Economía y Empresa, mediante resolución sin audiencia previa, el cese de la presunta actividad infractora cuando existan razones de imperiosa urgencia basada en alguno de los siguientes supuestos".
Introduce, entre ello, el de la amenaza inmediata y grave para el orden público, seguridad pública o nacional o cuando exista una amenaza inmediata y grave para la salud pública.
El nuevo decreto incluye un apartado nuevo al artículo de la ley de 2014 que se refiere a los requisitos exigibles para la explotación de las redes y la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas.
Así, las Administraciones Públicas deberán comunicar al Ministerio de Economía y Empresa todo proyecto de instalación o explotación de redes de comunicaciones electrónicas en régimen de autoprestación que haga uso del dominio público, tanto si dicha instalación o explotación va a realizarse de manera directa, a través de cualquier entidad o sociedad dependiente de ella.
Todo ello se contempla en el capítulo de las medidas para reforzar la seguridad en materia de telecomunicaciones, mientras que en el capítulo de las medidas en materia de identificación electrónica y ubicación de determinadas bases de datos, el nuevo Real Decreto-ley dice que deberán ubicarse y prestarse dentro del territorio de la UE.
"Los sistemas de información y comunicaciones para la recogida, almacenamiento, procesamiento y gestión del censo electoral, los padrones municipales de habitantes y otros registros de población, datos fiscales relacionados con tributos propios o cedidos y datos de los usuarios del sistema nacional de salud, así como los correspondientes tratamientos de datos personales, deberán ubicarse y prestarse dentro del territorio de la UE".
Los datos a que se refiere el apartado anterior no podrán ser objeto de transferencia a un tercer país u organización internacional, con excepción de los que hayan sido objeto de una decisión de adecuación de la Comisión Europea o cuando así lo exija el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por España.
Las entidades públicas tienen un plazo máximo de seis meses a partir de mañana para cumplir con esta obligación.