Con la publicación del decreto en el BOE, entrará en vigor el 2 de enero la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. Es decir, que se activa el nuevo sistema de compensación por copia privada que se aplica a dispositivos como teléfonos inteligentes, tabletas, y otros con opción de reproducción de medios. Esta reforma establece el porcentaje que corresponde a los responsables de las obras, y la cuantía con que se deben grabar los dispositivos afectados. La compensación por copia privada.
Esta reforma de la Ley de Propiedad Intelectual establece que en música, el 40% debe destinarse al autor, el 30% a los intérpretes y el 30% a los productores, mientras que en las películas un 33% es para cada uno de ellos, y en los libros corresponde un 55% de los derechos para el autor y un 45% para los editores. Aunque la reforma entra en vigor el 2 de enero, tras la publicación del decreto en el BOE, se aprobó en julio de 2017 e introdujo de nuevo la tasa por la compra en determinados dispositivos electrónicos, en concepto de compensación por copia privada y para pagar los derechos de autor. Ya se ha estado pagando esta compensación desde hace algo más de un año.
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