En pleno debate sobre las penas de prisión para los responsables de webs de enlaces conocemos la intervención de un agente de la Brigada de Investigación Tecnológica (BIT) de la Policía en el juicio contra una de estas páginas. En ella se aprecia un claro desconocimiento en la materia para sostener que se trata de una web que infringe la propiedad intelectual.
El abogado especializado en propiedad intelectual David Bravo ha publicado el interrogatorio a un agente de la BIT en el juicio contra una web de enlaces en la que se acusaba a ésta de vulnerar la ley. Como explica el letrado, por norma general estos agentes y los informes que presentan son "bastante correctos en el apartado técnico-informático", pero en este caso apreciamos un intento desastroso del agente para justificar que la web había infringido la propiedad intelectual al albergar archivos protegidos con derechos de autor en su servidor.
El agente no dudó en afirmar ante la jueza del caso que la página acusada albergaba "tanto el enlace como el contenido". A pesar de que dicha web solo contenía enlaces a archivos que circulan en la red P2P BitTorrent, el funcionario no dudó en afirmar que las obras se encontraban en la web a la par que mostró un evidente desconocimiento de cómo funcionan estas redes peer to peer de intercambio de archivos por parte de los usuarios.
Tras admitir que los contenidos se encuentran alojados en los discos duros de los usuarios, Bravo le pregunta por qué afirma entonces que la obra se encuentra en la web acusada. Su respuesta habla por sí misma: "Porque el responsable de la página la ha puesto ahí, en la página. Yo de dónde la haya sacado, no lo sé. La puede haber sacado de millones de usuarios que la comparten". "Lo que pasa en primer lugar es que los usuarios de toda la red pueden intercambiar el archivo. Posteriormente ese archivo se puede poner en cualquier página, entonces ese archivo ya no está en el disco duro del usuario, está en la página", insiste el agente, quien también afirma que el imputado ha adquirido el archivo y lo ha subido al servidor de su web, algo que no aparece en ninguna parte del informe policial.
Tras la intervención de la propia jueza dada la confusión en la explicación del agente, éste pasa a asegurar que "lo que ocurre al pinchar un archivo torrent es que va a aparecer el vídeo de la película, por ejemplo y ahí ya le digo que aparece que la obra está alojado en la página del imputado". Igualmente señala que al pulsar sobre este torrent "salta una pantalla con el vídeo de la película y encima de esa pantalla pondría algo así como XXX.com. Si la obra estuviera en otro sitio, arriba pondría otra página cualquiera que no fuera XXX.com".
Ante esto Bravo señala que en el propio informe se muestra que lo que realmente se abre al pulsar el enlace es el cliente BitTorrent, lo cual también es reconocido por el agente para concluir su contradictoria declaración. Finalmente, tras ella el caso quedó archivado demostrando la nula consistencia con la que en ocasiones se acusa por parte las autoridades y el riesgo que ello entraña porque no olvidemos que los acusados se juegan su ingreso en prisión.
No obstante, a pesar de estas decisiones judiciales el Gobierno ha decidido endurecer las penas de prisión para este tipo de delitos en su última reforma del Código Penal, aunque como analizamos recientemente creemos que esto tendrá un nulo efecto a la hora de combatir a la "piratería".
Fuente: eldiario.es
http://www.adslzone.net/article12676-la-desastrosa-definicion-de-pagina-pirata-para-un-agente-de-la-policia.html