Los grupos de WhatsApp son un incordio para la mayoría de los usuarios, pero son perfectamente lícitos siempre y cuando sean de carácter doméstico o privado, o bien se haya recibido el consentimiento expreso y específico para la integración en uno de ellos. El Ayuntamiento de Boecillo, ni cumpliendo con lo anterior, ha recibido una condena por parte de la Agencia Española de Protección de Datos al incluir en un grupo de WhatsApp a 272 vecinos sin su consentimiento.
La Agencia Española de Protección de Datos ha emitido una resolución para condenar al Ayuntamiento de Boecillo por la invitación a un grupo de WhatsApp a 272 vecinos de los aproximadamente 4.000 habitantes del municipio. Una decisión que llevó a uno de los vecinos a denunciar la inclusión sin permiso por su parte. Ocurrió durante el mes de octubre y estuvo activo tres días, según el Consistorio por un error en la intención de crear una lista de distribución de información transparente. La AEPD, sin embargo, considera en su resolución que se vulnera la normativa de protección de datos vigente.
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