El proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que prevé aprobar hoy el Consejo de Ministros incluye una extensa batería de medidas enfocadas al control de delitos en Internet. Una de las más llamativas se refiere al 'agente encubierto', al que la futura norma habilita para "intercambiar o enviar archivos ilícitos" en el marco de cualquier investigación relacionada.
El interminable artículo 588, que trata de la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas, incluye una multitud de apartados entre los que se encuentra el 'agente encubierto': el artículo 588 ter e 2 establece que "el agente encubierto electrónico podrá intercambiar o enviar por sí mismo archivos ilícitos, siendo posible en tal caso el análisis de los algoritmos asociados a dichos archivos".
La medida, por su amplitud, puede abarcar cualquier tipo de investigación en torno a estos comportamientos en la Red, desde intercambio de material pedófilo hasta intercambio de archivos protegidos por derechos de autor, distribuidos sin permiso de los titulares de dichos derechos.
La norma determina que los agentes encargados de estas medidas "deberán informar al juez de su resultado", aunque en el caso del agente encubierto informático el texto no deja claro si requiere de una autorización judicial expresa para intercambiar archivos ilícitos: simplemente establece que el agente podrá realizar estas actividades "por sí mismo".
Para el abogado Carlos Sánchez Almeida, especialista en delitos informáticos y autor del blog Jaque Perpetuo, existe el riesgo de que el agente encubierto incurra en una incitación al delito, lo que sería inconstitucional.
"El delito provocado es considerado por la jurisprudencia como una tentativa inidónea, lo que determinaría la absolución de los acusados, al resultar ilícitas las pruebas obtenidas mediante la utilización de agente provocador", comenta el abogado al Navegante.
"Imaginemos el supuesto de un policía de las brigadas de investigación tecnológica que se dedique a compartir en redes P2P archivos de pornografía infantil, o bien obras protegidas por derechos de autor, con el objetivo de detener a quien comparta dichos archivos: si el archivo original es introducido por la policía, estamos ante un delito provocado, lo que quiebra el Estado de Derecho", concluye el jurista experto.
'Troyanos buenos'
Por otro lado, el texto de la reforma recoge una de las medidas más polémicas heredadas del anterior ministro, Alberto Ruiz-Gallardón: el uso de los llamados 'troyanos buenos'.
Así, acepta que la Policía pueda, con mandato judicial, "instalar 'software' que permita de forma remota y telemática, el examen a distancia y sin consentimiento de su titular o usuario del contenido de un ordenador, dispositivo electrónico, sistema informático, instrumento de almacenamiento masivo de datos informáticos o bases de datos".
Es decir, la reforma de ley procesar penal consagra, en su artículo 588 sexies a., la utilización de programas tipo 'troyano' -capaces de 'colarse' en un sistema y tomar el control parcial o total del mismo- como método de investigación policial. Son, precisamente, los 'troyanos buenos' de Gallardón, una medida que también cuenta con el apoyo expreso del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.
En este caso, se podrá autorizar el uso de 'troyanos' en la investigación de "un delito de especial gravedad" y en los siguientes supuestos: delitos cometidos en el seno de organizaciones criminales, delitos de terrorismo, delitos cometidos contra menores -o incapaces- y delitos contra la Constitución, de traición y relativos a la defensa nacional.
Asimismo, en el caso en el que los agentes que manejan el troyano "tengan razones para creer que los datos buscados están almacenados en otro sistema informático o en una parte del mismo", lo pondrán en conocimiento del juez y éste podrá autorizar una ampliación de los términos del registro.
El uso de 'troyanos', una conocida técnica de distribución de 'software' dañino (o 'malware') es una de las medidas que en su momento levantaron más críticas en países como Alemania, en donde se habilitó el uso de estas técnicas de 'malware' y en donde incluso se ha llegado a denunciar prácticas gubernamentales irregulares de espionaje a ciudadanos.
Ahora, una medida está a punto de consagrarse en España de prosperar el proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, una normativa que desde hoy arranca su tramitación parlamentaria.
http://www.elmundo.es/tecnologia/2014/12/05/54818e5cca4741c6218b4575.html?a=b1fb25bd3895361896d8238036f0d578&t=1417784760