La suspensión de dominios .es por parte del Gobierno será posible de forma cautelar y sin autorización judicial previa. Se trata de una de las propuestas recogidas en el proyecto de reforma de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT).
La intención del Ejecutivo pasa por cancelar este tipo de dominios siempre que presuntamente se estuviese cometiendo un delito. La suspensión llegaría antes de que los jueces se pronunciasen al respecto y además se podría llevar a cabo sin que exista siquiera una denuncia ya que serán las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado quienes procederán a actuar contra los dominios y sus responsables si consideran delictiva su actividad.
Igualmente, la llamada Comisión Sinde (Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual) puede suspender temporalmente los dominios durante el plazo del procedimiento contra una web de enlaces denunciada. En la práctica esto implicaría que el acceso a través de esta página mediante el dominio .es estaría suspendido hasta que se llegase a una resolución definitiva del caso, con la cual se podría suspender para siempre o levantar la medida sin que por ello se tenga que compensar al propietario del dominio.
En concreto, se trata de una modificación de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE) la cual deja abierta peligrosas puertas por las que puede entrar la censura. No en vano, en el texto no se aclara cuáles son exactamente los motivos para la suspensión ni se especifica qué es considerado delito dentro de una página web.
Así, queda en el aire si se puede calificar como tal, por ejemplo, la actividad de terceros usuarios dentro del propio dominio como podría ser a través de la publicación de comentarios y otro tipo de contenidos en sus foros o entradas. ¿Tiene que ser el titular el que cometa el hecho delictivo para que se suspenda el dominio de su web?
Cabe insistir en que el proyecto está en conjunción directa con el artículo 282 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que la Policía Judicial puede las diligencias necesarias para averiguar cualquier delito en lo relativo a la propiedad intelectual e industrial. Así, tiene la capacidad de suspender "cautelarmente" cualquier dominio .es "sospechoso de cometer algún delito de esta clase" sin que el juez lo requiera.
Fuente: ElOtroLado.net
http://www.adslzone.net/article12809-el-gobierno-podra-censurar-dominios-es-sin-autorizacion-judicial-previa.html