El 3 de julio se aprobó el nuevo canon digital, y el pasado 1 de agosto entró en vigor con unas cuantías y condiciones temporales, porque dentro de un año se revisarán. Entre las muchas puntualizaciones del Real Decreto según el cual se establece esta imposición, se consideran los soportes cargados por la compensación de copia privada, pero también quién debe pagarlo. La realidad es que eres tú quien está pagándolo en la mayoría de los casos, pero ¿debería ser así?
Como ya habrás podido suponer, no, no debería ser así. Están afectados por el canon digital que entró en vigor el pasado 1 de agosto productos de impresión, grabadoras de discos, materiales de reproducción mixta, discos integrados y no integrados en equipos, teléfonos móviles y otros soportes. Y según el Real Decreto, es ‘…un importe a satisfacer por los fabricantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción’. Es decir, que son los fabricantes y distribuidores los que deberían hacer frente al pago del canon digital.
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