La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a un hombre a nueve meses de prisión por un delito de quebrantamiento de condena, al enviar dos emoticonos a su expareja por una app de mensajería instantánea a pesar de tener prohibida la comunicación con ella por una orden judicial previa por acoso.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la Sala confirma así una sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Benidorm (Alicante), que apreciaba la agravante de reincidencia, ya que quebrantó con anterioridad la prohibición de comunicación.
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