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Foros Generales => Noticias => Mensaje iniciado por: wolfbcn en 7 Agosto 2015, 14:12 pm



Título: ¿Pueden despedirte por WhatsApp?
Publicado por: wolfbcn en 7 Agosto 2015, 14:12 pm
Twitter, Facebook, WhatsApp, Line, Skype, LinkedIn... Tenemos media vida ya en estas redes sociales. Ligamos, nos informamos, discutimos con desconocidos, conseguimos contactos profesionales, desparramamos nuestro "humor"..., es decir, hacemos lo que viene siendo un poco de todo, porque para ello han nacido estas plataformas. Su poder es tal que gracias a ellas podemos conseguir hasta un puesto de trabajo.

A estas alturas raro es que tu jefe no te informe de algún que otro trabajo para hacer a través de WhatsApp. Las relaciones laborales han cambiado casi tanto como las sociales con las nuevas tecnologías y ahora levantamos menos el teléfono de la oficina y tenemos más mensajes de WhatsApp en el móvil –y eso sin contar los grupos de "amigos" del trabajo–.

No obstante, no se deben de pasar ciertos límites y, de hacerlo, hay que tener muy claro lo que está permitido por la ley y lo que no. Así, un despido a través de una red social como WhatsApp no es legal, "no tiene validez legal, ya que para que un despido se pueda considerar válido el Estatuto de los Trabajadores exige que la comunicación se haga por escrito y de manera fehaciente", aseguran desde la empresa de asistencia jurídica Legálitas.

"Para que un despido pueda prosperar en su causa y ser procedente debe ser comunicado por escrito, en la carta que se debe entregar al trabajador deben figurar los hechos que motivan el despido y la fecha de efectos. El empresario debe comunicar a los representantes de los trabajadores, si los hubiere, el despido realizado".

Por lo tanto, la rapidez de WhatsApp no sirve para estos casos. Aunque tu jefe te diga que estás despedido a través de la aplicación de mensajería la decisión no tendrá validez legal si no te envía la correspondiente carta de despido en la que se detallan datos como "la fecha de efecto del despido y los argumentos que motivan esa decisión".

Como también nos indica Legálitas, el despido se puede reclamar y el plazo para hacerlo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido (considerándose inhábiles sábados, domingos y festivos, además del 24 y 31 de diciembre, según el Estatuto de los trabajadores).

http://www.libertaddigital.com/ciencia-tecnologia/internet/2015-08-06/pueden-despedirte-por-whatsapp-1276554436/


Título: Re: ¿Pueden despedirte por WhatsApp?
Publicado por: ccrunch en 7 Agosto 2015, 18:18 pm
Si lo de la noticia a muchos les parece irreal, leer lo mio.

Un día antes me dicen que me puedo coger vacaciones, todo bien, todo correcto, las cojo.
Siendo el día 6-7 de agosto me llega un SMS de la seguridad social diciendo que la baja con fecha de 31/07/2015 en la empresa XXX se ha procesado correctamente.

Todavía estoy esperando a que me lo digan en persona. La cosa es que cuando hacen eso, estás casi obligado a ir a firmar para cobrar el paro en el caso de que tengas, o vas a aclarar las cosas.

Eso del despido por whatsapp o sms o telefónico, va mas de la mano de la seriedad de la empresa que otra cosa.


Título: Re: ¿Pueden despedirte por WhatsApp?
Publicado por: Orubatosu en 7 Agosto 2015, 18:36 pm
En ese caso puedes decir a la Seguridad Social que tu no has firmado una carta de despido de ningún tipo


Título: Re: ¿Pueden despedirte por WhatsApp?
Publicado por: engel lex en 7 Agosto 2015, 18:54 pm
en mi país por eso denuncias a la empresa, te tendrán que pagar tu antigüedad como si te hubieran despedido, a demás tendrán que colocarte en tu puesto de trabajo de nuevo (sin posibilidad de despedirte en unos 6 meses) a demás la empresa tendrá que pagar una multa terrible y contando todo esto, no pierdes tu antigüedad, se sigue manteniendo! :P


Título: Re: ¿Pueden despedirte por WhatsApp?
Publicado por: cker en 7 Agosto 2015, 21:29 pm
en mexico cualquer  elemento digital que quieras exibir como prueba debera estar acompañada de un documeto escrito que exprese lo mismo que el formato digital y avalado porun perito.
 te aconsejo que te asesores de un especialista antes de firmara culaquer cosa.
 en la oficina del trabajo debe haber asesorias gratuitas. aprovechalas.