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Foros Generales => Noticias => Mensaje iniciado por: wolfbcn en 20 Abril 2012, 02:32 am



Título: El Tribunal de Justicia de la UE da vía libre a que los operadores ....
Publicado por: wolfbcn en 20 Abril 2012, 02:32 am
No existe ninguna barrera en las normas de la Unión Europea que impidan que los operadores tengan que identificar a los usuarios si lo solicitan los titulares de derechos de autor. Así ha contestado el Tribunal de Justicia de la UE ante un polémico caso nacido en Suecia.

Las leyes antipiratería se han extendido en los últimos años en Europa con el fin de acabar con las descargas de contenidos protegidos con derechos de autor sin el permiso de éstos. Suecia fue uno de los primeros países que decidió aplicar una de ellas, conocida como IPRED, en 2009. Tras su entrada en vigor la industria cultural no tardó en presentar denuncias con el fin de intimidar y castigar a los usuarios que descargaban este material, aunque encontraron cierta resistencia en los operadores, que en algunas ocasiones se negaron a identificar a los usuarios que descargaban dichos contenidos supuestamente infractores.

El caso que nos ocupa estuvo promovido por el grupo antipiratería Antipiratbyran representando a un grupo de editores que querían identificar a un usuario por almacenar algunas de las obras cuyos derechos de autor pertenecían a los editores. El operador ePhone fue obligado por los tribunales a dar esta información a las compañías pero se resistió en forma de apelación ante esta orden en los tribunales suecos.

El caso fue pasando por los distintos tribunales del país escandinavo hasta llegar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que acaba de tomar una decisión. Como publica Torrentfreak (http://torrentfreak.com/isps-have-to-identify-alleged-pirates-eu-court-rules-120419/), el alto tribunal europeo se ha decantado del lado de los editores, puesto que declara que en a legislación comunitaria no existen barreras que impidan a ePhone facilitar la información solicitada por las compañías y el citado grupo antipiratería. El tribunal afirma que la ley antidescargas suecas tiene un equilibrio apropiado entre los derechos de los titulares de derechos de autor y el derecho a la privacidad de los ciudadanos.

Con esta sentencia sobre la mesa, el caso volverá al Tribunal Supremo de Suecia, que será el encargado de tomar una decisión final. Como era de esperar, desde la industria se han congratulado por la decisión hecha pública por el TJUE. "Es extremadamente importante que hayamos recibido este mensaje", explicaba Kristina Ahlinder, presidenta de Asocación Editorial. De este modo, los operadores no podrán negarse a facilitar los datos de un usuario bajo una determinada IP para que la industria pueda proceder a denunciarles.

Por el momento, esta decisión no afecta a países como España, donde nuestra ley antipiratería no persigue al usuario sino a páginas web. Sí lo haría, en cambio, en caso de la norma antidescargas se endureciese y se intentase sancionar a los usuarios de P2P, puesto que los operadores no tendrían más remedio que facilitar los datos de los presuntos infractores a los titulares de derechos de autor que supuestamente hayan sido perjudicados con sus actividades.

FUENTE :http://www.adslzone.net/article8423-el-tribunal-de-justicia-de-la-ue-da-via-libre-a-que-los-operadores-identifiquen-a-los-usuarios-piratas.html