Se amplía el concepto de “alejamiento” establecido por las medidas de seguridad impuestas judicialmente al ámbito judicial. Así al menos lo reconoce una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca que condena a 9 meses de prisión a un hombre que se comunicó a través de esta red social con su expareja, a pesar de pesar sobre él una orden de alejamiento.
Alejamiento físico y también virtual.
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