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Autor Tema: Legalidad redes wifi  (Leído 4049 veces)
o2T7f6j2
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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #45 en: 05 Octubre 2006, 14:41 »

Sí, muchas veces quien juzga es la propia conciencia de cada uno... y siempre el juez es quien tiene la última palabra.

En cuanto a la presunción de inocencia... me temo que en España no todo es tan bonito.  :-\ Conozco varios casos en que todo ha funcionado justo al revés, primero se formula la acusación y luego el acusado es quien tiene que presentar pruebas para zafarse de dichas acusaciones. A mí mismo me ha ocurrido, a nadie importó la realidad.

Salu2
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No debemos perder la fe en la humanidad que es como el océano: no se ensucia porque algunas de sus gotas estén sucias.Mahatma Gandhi (2 de Octubre del 1869 - 30 de Enero del 1948)
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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #46 en: 05 Octubre 2006, 15:31 »

Una cosa es la incompetencia de un juez, y otra que siempre sea así. A ver si se "demuestra" que eres culpable, con pruebas y no sólo la palabra, claro que te has de defender, pero primero ha de haber una fase de instrucción en todo proceso penal y sin esas pruebas, no debería ir a juicio, pero también depende de como sea realmente el caso, yo hablo en términos generales.

En la justicia no importa la realidad, sino lo que se puede o se deje de probar, no se usa términos de moral ni de realidad, hechos probados (no quiere decir que hayan de ser verídicos) y conseguidos de forma legal.

Una última cosa, realmente el juez no tiene la última palabra, sólo decide entre las cosas que se le muestran o se le pide como condena o liberación para llamarlo de alguna forma, si te acusan de robo, el juez no puede dictar NUNCA sentencia que has matado a alguien. Sería una sentencia incongruente y recurrible a la instancia superior, en este caso a la audiencia provincial competente. Pero lo dicho hay que ver cada caso para opinar.

P.d. Que yo sepa Cataluña aún forma parte de España, y la presunción de inocencia es en todo el ámbito español jejeje Saludos.
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o2T7f6j2
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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #47 en: 05 Octubre 2006, 17:20 »

Hablo desde mi propia experiencia, nada menos genereal que esto, pero es lo que conozco y lo que condicionará mi forma de creer, pensar y actuar. Fui enjuiciado y condenado por un delito que nunca cometí. No ninguna fórmula secreta, los ingredientes para tan macabro plato son bien conocidos:

Testigo falso
Pruebas documentales manipuladas
Denuncia formal
Defensa incompetente
Un buen enchufe

Nunca más creeré en la presunción de inocencia de este país (España), y tampoco (por relatos oídos/leídos) en la del país más opresor del mundo.

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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #48 en: 06 Octubre 2006, 21:28 »

Jué o2T7f6j2, algún delito relacionado con las telecomunicaciones?  :-\? O mejor ni contestes. Eso forma parte de tu intimidad.

Una cosa esta clara, si quieren joderte te joden, solo hay que ver lo que les hacen a los que se pasan "hurgando" en redes ajenas. Tu puedes aprovecharte de una red wifi del vecino para obtener acceso gratuito a la red, pero tranqui que no creo que el vecino se moleste en llamar a la BIT de la policía, simplemente te cambiará la contraseña a wpa, eso si se llega a dar cuenta.

Entrar se puede entrar, pero ten cuidado de donde y con quien te topas... porque esta tipificado como delito y si hay una gran empresa o institución detras no van a escatimar en gastos para encontrarte. Y habrá delito siempre que se demuestre que hayas hecho algo de esto:


Código Penal (España)


Artículo 197

1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros ocumentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de
prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
2. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.
3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.


Artículo 255

Será castigado con la pena de multa de tres a doce meses el que cometiere defraudación por valor superior a cincuenta mil pesetas, utilizando energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones u otro elemento, energía o fluido ajenos, por alguno de los medios siguientes:
1º. Valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación.
2º. Alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores.
3º. Empleando cualesquiera otros medios clandestinos.


Artículo 264

1. Será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos.


Artículo 285

Quien de forma directa o por persona interpuesta usare de alguna información relevante para la cotización de cualquier clase de valores o instrumentos negociados en algún mercado organizado, oficial o reconocido, a la que haya tenido acceso reservado con ocasión del ejercicio de su actividad profesional o empresarial, o la suministrare obteniendo para sí o para un tercero un beneficio económico superior a setenta y cinco
millones de pesetas o causando un perjuicio de idéntica cantidad, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de tanto al triplo del beneficio obtenido o favorecido.


Artículo 286

Se aplicará la pena de prisión de cuatro a seis años y multa de doce a veinticuatro meses, cuando en las conductas descritas en el artículo anterior concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1ª. Que los sujetos se dediquen de forma habitual a tales prácticas abusivas.
2ª. Que el beneficio obtenido sea de notoria importancia.
3ª. Que se cause grave daño a los intereses generales.


Artículo 400

La fabricación o tenencia de útiles, materiales, instrumentos, sustancias, máquinas, programas de ordenador o aparatos, específicamente destinados a la comisión de los delitos descritos en los Capítulos anteriores, se castigarán con la pena señalada en cada caso para los autores.


Artículo 560

1. Los que causaren daños que interrumpan, obstaculicen o destruyan líneas o instalaciones de telecomunicaciones o la correspondencia postal, serán castigados con la pena de prisión de uno a cinco años


Artículo 623

Serán castigados con arresto de dos a seis fines de semana o multa de uno a dos meses los que cometan estafa, apropiación indebida, o defraudación de electricidad, gas, agua u otro elemento, energía o fluido, o en equipos terminales de telecomunicación, en cuantía no superior a cincuenta mil
pesetas.


Esto es lo que dice el código penal respecto a este tema. Como bien se ha dicho falta que lo demuestren y en algunos casos es muy complicado. Si da la casualidad que se te ocurre entrar a una red wifi como la de mi universidad (caso verídico) y se te ocurre hacer algo como cambiar las notas pues te van a joder por pasarte de listo y alega lo que quieras que te va a caer la del pulpo y la del calamar juntas...

Ahora te la pueden jugar como dice o2T7f6j2, Un caso extremo es el del chaval este
http://www.malagawireless.org/modules.php?name=News&file=article&sid=457
El pobre que con 18 ya le ha caido una gorda, y se han basado en el artículo 264. Yo personalmente no creo que existieran tales daños por valor de 500.000 dólares pero necesitaban algo de lo que acusarle. Ahora ves y explícaselo al juez...

Ya sabes por donde es legal moverte y por donde no? Cada uno que saque sus propias conclusiones...
« Última modificación: 06 Octubre 2006, 21:32 por D-SiGnEr » En línea

Uxio
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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #49 en: 10 Octubre 2006, 15:37 »

Muchas gracias, a mí por lo menos algunas cosas me han quedado más claras.
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rh3nt0n
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carpe diem, quam minimun credula postero .


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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #50 en: 10 Octubre 2006, 17:39 »

me he tomado la libertad de añadirlo a el post de temas y enlaces de interes :

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muchas gracias , a mi tambien me keda bastante claro .

saludos
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La vida es breve y dos veces bella tres veces dura y cuatro te revienta cinco veces te adormece y otras de desvela una te equivocas y otra aciertas una entiendes y otra no entiendes una ***** y otra dan las seis y media la rueda sigue... ¡vaya dilema! ..."

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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #51 en: 11 Octubre 2006, 15:41 »

Citar
me he tomado la libertad de añadirlo a el post de temas y enlaces de interes :

Mejor, así lo ven todos. ;)
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longits
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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #52 en: 12 Octubre 2006, 12:56 »

Muy interesante, muchas gracias. Creo que aun siguen quedando algunos "flecos" sueltos por atar, porque la legislación es confusa a veces.

Saludos

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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #53 en: 12 Octubre 2006, 13:19 »

Sí, gracias D-SiGnEr.

En respuesta a tu pregunta: No relacionado con la tecnología.

Pero seguimos viviendo en un país en que la imagen y la versión de cada parte lo es todo. Incluso una acusación se puede basar en artículos no relacionados en principio con la informática o los soportes digitales. Además de la ambigüedad de cualquier artículo que se pueda mencionar. Se puede ver claramente en el artículo 400, ya que ¿qué se considera un útil para tal fin? Estamos hartos ya de ver cómo casas de antivirus y demás catalogan herramientas perfectamente legítimas como herramientas de hacking o cracking y cómo ni siquiera entre ellos hay un consenso a la hora de hacerlo con una en concreto.

En fin, personalmente creo que... "si tienes dudas haz las cosas como si todo el mundo las estuviese viendo"

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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #54 en: 12 Octubre 2006, 14:36 »

Muy interesante, muchas gracias. Creo que aun siguen quedando algunos "flecos" sueltos por atar, porque la legislación es confusa a veces.

Saludos



Una cosa son los artículos y después la interpretación que se puede dar de ellos. Lagunas siempre habrá, hasta que no exista una legislación específica del tema, entonces "todo" debería estar regulado y sabríamos a que atenernos. Saludos.
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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #55 en: 13 Octubre 2006, 12:56 »

Ya, Armenos, pero aunque haya una legislación específica del tema, seguirá habiendo "flecos" confusos, bien es sabido que "el que hace la ley, hace la trampa", y por tanto pues se producirán situaciones confusas.

[/off topic] El otro dia, por cierto, vi a un chaval en el autobus que iba hablando con otro y comentó algo que me pareció gracioso: "tio, yo no se si conectarme a una red abierta es legal o ilegal, pero lo que esta claro es que esas onditas entran en mi casa, y con lo que hay en mi casa hago yo lo que me da la gana, faltaria mas"...jajajaja la verdad es que me resulto curioso...[/off topic]

Saludos
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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #56 en: 13 Octubre 2006, 13:59 »

Por definicion una red publica es aquella en la cual puede acceder cualquier usuario, y una red privada es aquella que esta cerrada a un grupo concreto de usuarios, tradicionalmente una red lan solia ser del ambito privado, pero cn la llegada del wifi ya no debe considerarse asi ya que se emite dentro de un rango de ondas herzianas publico y ademas si esta sin encriptar no se esta cerrando a ningun usuario por lo tanto en una red publica, el q esta infringiendo la ley es el usuario q no la encripta, ya q esta compartiendo internet sin las debidas licencias, y teniendo en cuanta esta definicion que es la definida por los estandares pertinentes(aora no lo recuerdo pero lo di en arquitectura de redes) al conectarte a internet a traves de esa linea no estas infringiendo la ley, ya que no estas robando trafico de telecomunicaciones a nadie solo estas cogiendo el que te dejan coger bien sea por incultura en el ambito de la seguridad wifi o por lo q sea.

(ojo con  no confundir red publica con red que pertenezca al estado , una red publica es aquella que permite a cualquier usuario conectarse)
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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #57 en: 13 Octubre 2006, 22:29 »

Por definicion una red publica es aquella en la cual puede acceder cualquier usuario, y una red privada es aquella que esta cerrada a un grupo concreto de usuarios, tradicionalmente una red lan solia ser del ambito privado, pero cn la llegada del wifi ya no debe considerarse asi ya que se emite dentro de un rango de ondas herzianas publico y ademas si esta sin encriptar no se esta cerrando a ningun usuario por lo tanto en una red publica, el q esta infringiendo la ley es el usuario q no la encripta, ya q esta compartiendo internet sin las debidas licencias, y teniendo en cuanta esta definicion que es la definida por los estandares pertinentes(aora no lo recuerdo pero lo di en arquitectura de redes) al conectarte a internet a traves de esa linea no estas infringiendo la ley, ya que no estas robando trafico de telecomunicaciones a nadie solo estas cogiendo el que te dejan coger bien sea por incultura en el ambito de la seguridad wifi o por lo q sea.

(ojo con  no confundir red publica con red que pertenezca al estado , una red publica es aquella que permite a cualquier usuario conectarse)

Seguimos en la misma falacia. Y pueda dejar mi ap sin protección para conectarme yo, pero no para que se conecte nadie más. Yo estoy pagando y no regalando conexión. ¿Entonces cuando la gente no usaba encriptación wep y se la instalaban así, estaban actuando ilegalmente? No seamos tontos ni creamos nuestras propias mentiras, ya lo dije más arriba, al juez le dará igual que como dice lo que oyó longits, las ondas llegan a mi casa y yo hago lo que quiero.... Tú haz, eres libre, pero sólo recordarte que lo que haces es ilegal, y es a lo que te arriesgas. Aunque ha de pasar mucho tiempo para que la denuncia pueda ser efectiva o que te metas donde no debes, tipicos routers, archivos compartidos, ... Saludos y por lo menos saquemos algo en claro de estas ya 4 páginas de tema.
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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #58 en: 13 Octubre 2006, 22:54 »

Exacto. Estoy 100% de acuerdo contigo, Armenos. Esta claro que, en lo más estricto, conectarse a una red abierta no deja de ser ilegal, porque tu no eres el propietario. Pero también esta claro que hay una "laguna" enorme en la que te puedes enmascarar.

Tengo un compañero de la infancia que se sacó la judicatura y ahora ejerce, y me ha comentado que nunca le ha llegado ningún caso de este tipo, ni conoce a ningún compañero que le haya llegado. Le expliqué la situación, y me dijo varias cosas que sí creo debemos tomar todos por "conclusiones válidas", ya que la fuente no puede ser más fiable.

a) Como bien se ha indicado más arriba, se está realizando un aprovechamiento funcional no legítimo de una estructura ajena, con lo cual esto no es legal. <-- Esto es indiscutible, ni el AP ni la conexión es nuestra.

b) (Esto es curioso) Me comenta que la enorme cantidad de "tretas" que se podía argumentar a esa conexión "ilegal" es tan enorme, y de tan escasa capacidad de comprobación, que hace que un proceso judicial contra una causa de este tipo fuera un absurdo. ¿Por? Aquí os lo pongo:

- En primer lugar, Windows se conecta automáticamente a veces a redes no cerradas por defecto (y, por mi experiencia, mucho soft de tarjetas inalambricas hacen lo mismo)...con lo cual...¿es el user realmente culpable de esta "conexion"?

- Intencionalidad tanto de usuario primario como de usuario final: Caso de los famosos "nodos locales" o "nodos gratuitos"; es decir, ¿cómo sabemos si un user primario desea activamente compartir su conexión con el resto, o sencillamente es todo lo contrario, es decir, se trata de una conexión privada sin más? Por poner un ejemplo, si vemos un parking donde podemos aparcar, que supuestamente es gratuito ya que en NINGUN sitio pone que no lo sea, y sin embargo resulta que es que el dueño olvidó poner letreros y/o maquinitas para pagar (ambas cosas, en este contexto metafórico, serian en este caso una protección de la red, WEP, filtrado MAC o lo que sea).

Por tanto, y pese a que en el sentido estricto del tema dicha conexión fuera ilegal, está claro que la legislación protegería más a esa conexión del user que al propietario del router, por la multitud de posibles "interpretaciones" de la situación.

Como ya digo, es un tema ambiguo, pero yo creo que es que en este post son correctas todas las posturas que se toman, vamos, que tan cierto es que es ilegal conectarse a un router ajeno, como que alguien que deja su router sin protección es porque está compartiendo su conexión (algo que por cierto creo, aunque no estoy seguro, es ilegal...)

Saludos

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Re: Legalidad redes wifi
« Respuesta #59 en: 28 Octubre 2006, 19:18 »

totalmente de acuerdo longits, ademas el juez frente a las lagunas en la legalidad española digo q se ampararia a lo q dicen las normas internacionales d telecomunicaciones, y como ya dije antes an varias ocasiones definen a una red publica a aquiella que no esta cerrada a un grupo de usuarios, entendido esto como q no ai que tener ningun requisito previo para conectarse a la red en cuestion.
Por lo tanto el juez posiblemente se amparara en q segun la normalizacion(que no estoy disiendo q el dueño lo quiera o no o q ocurra por despiste)esta red seria publica.
Un ejemplo de esto, seria , supongamos q no se que hay q acer la declaracion d la renta y no la hago y resulta q soy multimillonario y tengo q pagar un webo, pues por mi incultura estoy inflingiendo la ley y el unico culpable soy yo(y lo soy por q a pesar d no saber q ay q acerla soy culpable)
o exagerando mas las cosas. amos a suponer q tengo un vecino q me estya tocando los cojones. y yo soy un ermitaño q e estado desde chico recluido de la sociedad y no se q aki es un delito matar y mato a mi vecino. a pesar d no saberlo sigue siendo un delito y me sigue cayendo una pena por asesinato(creedme si os digo q ai mas de uno en esta situacion, ai gente pa to)
o un niño q no sabe q matar esta mal y mata a un compañero
(esto es ya mas real)va a un centro menores. espero q me entendais y no mew pongais a caldo
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